Opinión

La historia se repite y comienzan las autorizaciones en Países y algunos Estados de los Estados Unidos para que se pueda comercializar legalmente la Marihuana, por lo menos para propósitos “de salud”. Ya hace muchos años ocurrió lo mismo con la comercialización legal del alcohol.

Sin embargo este cambio conlleva a profundas modificaciones en las políticas de prevención de Lavado de Activos y el Terrorismo. Como poder identificar en las entidades financieras que un dinero es lícito, ilícito o producto de la venta legal de Marihuana?

Esto representara un nuevo Riesgo para las entidades financieras y tenemos que ver de qué forma se mitiga el mismo. Aunque esto no afectaría directamente, por ahora, a los negocios en la República Dominicana, es importante poder divulgar lo que se está haciendo en los Países donde esto está ocurriendo ya.

Según el Proyecto sobre Políticas de Cambios Legales sobre el uso de la marihuana, una entidad gubernamental de los Estados Unidos http://www.mpp.org, están dedicando importantes recursos para terminar con la prohibición en 12 estados más para el 2019. Ya se han formado comités de campaña para recaudar fondos para iniciativas de legalización y regulación de la marihuana en 2016 en Arizona, California, Maine, Massachusetts, y Nevada. MPP también presiona para construir coaliciones para regular la marihuana como el alcohol en varios estados que no cuentan con la opción de iniciativas de los votantes. Para el 2019 se esperan que un número mayor de 30 Estados estén sin prohibiciones para uso médico o de diversión controlada de la marihuana.

La unidad de anti lavado de dinero de los Estados Unidos, FinCEN por sus siglas en inglés, ha establecido una guía sobre los procedimientos de cumplimiento que deben aplicar las instituciones financieras antes las operaciones relacionadas al comercio y distribución de la hierba. A la fecha más de 20 Estados de la unión americana han adelantado en la legalización de este tema.

Shasky Calvery, directora de FinCEN, dijo “ahora que algunos estados han elegido para legalizar y regular el comercio de marihuana, FinCEN busca sacar de las sombras las operaciones financieras históricamente encubiertas del negocio de la marihuana”, esta aseveración implicaría que FinCEN parecía conocer de ciertas operaciones no reveladas. Esta revelación no se explica de un organismo de esta naturaleza. La Sra. Calvery, agregó “nuestra guía ofrece a las instituciones financieras con claridad sobre lo que deben hacer si se va a prestar servicios financieros a las empresas de marihuana y que información será de ayuda para la policía”.

La FinCEN estableció debida diligencia y banderas rojas asociadas al comercio de marihuana y me voy a permitir transcribir algunos puntos publicados por esta entidad. Esto no es de mi autoría.

Al publicar la guía “Las Expectativas de la Ley de Secreto Bancario Respecto a los Negocios Relacionados con la Marihuana”, FinCEN, estableció de esta forma que las instituciones financieras pueden ofrecer servicios a empresas relacionadas con la marihuana de una manera compatible con sus obligaciones a conocer a sus clientes y reportar posibles actividades criminales.

El material “promueve una mayor transparencia financiera en la industria de la marihuana y mitiga los peligros asociados con la realización de un negocio basado solo en el efectivo”, indicó el organismo.

Lo importante aquí es que, la decisión de abrir, cerrar o rechazar cualquier cuenta o relación en particular debe ser hecha por cada entidad financiera sobre la base de una serie de factores específicos de esa institución y del conocimiento específico. FinCEN sugiere que estos factores “pueden incluir sus objetivos particulares del negocio, una evaluación de los riesgos asociados con la oferta de un producto o servicio en particular y su capacidad para gestionar los riesgos de manera efectiva. La minuciosa diligencia debida al cliente es un aspecto crítico al realizar esta evaluación”

Debida diligencia para empresas del sector

Al evaluar el riesgo de prestar servicios a un negocio relacionado con la marihuana, una institución financiera debe llevar a cabo la debida diligencia de clientes, según FinCen, que incluye:

a) Verificar con las autoridades estatales apropiadas, si el negocio está debidamente autorizado y registrado;
b) Revisar la solicitud de licencia (y documentación relacionada), presentado por la empresa para la obtención de una licencia del Estado para operar su negocio relacionado con la marihuana.

c) Solicitar la información disponible sobre las licencias estatales y lo que tienen las autoridades sobre la empresa y sus afiliados o relacionados.

d) Desarrollar una clara comprensión de lo que es normal en el negocio y las expectativas que se tienen del mismo, incluyendo los tipos de productos que serán vendidos y los tipos de públicos (por ejemplo, el consumo medicinal y el consumo por entretenimiento).

e) Monitorear permanentemente fuentes públicas accesibles sobre información adversa relacionada a la empresa cliente y a sus relacionados.

f) Monitorear continuamente las actividades sospechosas, incluso para cualquiera de las señales de alerta que se describen en la guía.

g) Actualizar la información obtenida en el marco de medidas de diligencia debida sobre una base periódica y proporcional al riesgo. Con respecto a la información sobre la licencia del estado obtenida en conexión con tal diligencia debida del cliente, una institución financiera puede confiar razonablemente en la exactitud de la información proporcionada por las autoridades de concesión de licencias del Estado.

Viendo todo esto expuesto por FinCEN, me parece que se requieren ajustes serios en los programas de cumplimiento, especialmente cuando el banco va a manejar clientes (empresas) que están en el negocio de la marihuana. Los bancos que no manejen a estos clientes, tendrán que hacer un monitoreo de sus clientes para determinar si tienen algún tipo de nexo comercial con las empresas autorizadas para comercializar la droga. Es decir, en general se exigirá una mayor debida diligencia y un monitoreo de transacciones más riguroso. Y aquí es donde hago una vinculación con nuestro Sistema Financiero, y es que aquí existen clientes de Bancos que pueden ser relacionados, vinculados o sucursales de entidades que pudieran estar autorizados a la venta legal de marihuana.

Pero también pudiera esto contaminar los recursos con dineros productos de ventas de esa naturaleza ilegal, pero además ese permiso otorgado a ciertas entidades en algunos Estados de los Estados Unidos aquí en la República Dominicana no es legal. Por lo cual tendríamos que estar más vigilantes y nuestros Oficiales de Cumplimientos más ojo avizor.

Todo esto llevaría a preguntarnos qué pasaría con las operaciones de corresponsalía entre una institución financiera cuya legislación no permite operaciones con clientes que se dediquen a la comercialización de marihuana y una que este ubicada en un Estado o País que si se le permite?

Creo que lo mínimo sería implementar nuevas medidas de debida diligencia con la entidad corresponsal que permita asegurarse que a través de la primera institución no se materialicen operaciones provenientes de este tipo de negocio, por no decir que la relación de corresponsalía deba ser cerrada. Una buena práctica sería considerar como de Alto Riesgo la operación que implique cualquier tipo de fondo o monto que provenga de Entidades localizadas en Estados en los que existe la legalización. En tal sentido, la Entidad local debe tener la obligación de determinar la fuente de origen inicial de esos fondos, para evitar posibles triangulaciones. En definitiva para el caso de la República Dominicana las autoridades correspondientes necesariamente tendrán que emitir algún tipo de directriz al respecto.

La BBC de Londres ha publicado un artículo en febrero 2014, remitido a mí por José Manuel Luna Valiente,
http://www.bbc.co.uk/mundo/ultimas_noticias/2014/02/140214_ultnot_eeuu_marihuana_msd.shtml, el cual busque en mis archivos. Se informaba sobre la autorización a los bancos, en Estados Unidos, para recibir dinero de la venta de esa droga, y señalaba algunas dificultades, inmunidad y flexibilidad
Sin embargo, la información de la BBC tiene varias imprecisiones:

La BBC atribuye que FinCEN ha dicho que la persecución penal es poco probable. Hemos leído la guía de FinCEN dos veces y no sé en qué parte dice que la persecución penal es poco probable. Además, FinCEN es claro al indicar que si las operaciones de las empresas del sector no violan ninguno de los principios del “Memo Cole”, el banco puede prestar el servicio bancario aplicando los procedimientos Anti Lavado de Dinero (ALD) y presentando Reporte de Operaciones Sospechosa (ROS). Eso se entendió en el mundo bancario como una autorización, ya que se delimitaron las condiciones de la prestación del servicio.

También la BBC dijo, que los bancos que acepten depósitos procedentes de ventas de marihuana se arriesgan a enfrentar cargos de crimen organizado. Y eso no es cierto, ya que en los Estados donde se aprobó el comercio y la producción de marihuana medicinal o recreativa no se considerará a los bancos como “criminales”, ya que esas empresas autorizadas con licencias emitidas por los estados no son parte del crimen organizado, son empresas legalmente constituidas. En los estados donde no es legal el comercio de la marihuana si pueden verse en problemas los bancos.

Y por último BBC entra al campo de lo Federal y lo Estatal, al afirmar que aunque esos estados y Washington DC están permitiendo cierto uso médico de la marihuana y que otros dos la han legalizado con fines recreativos (Colorado y Washington), la posesión de marihuana y su venta sigue siendo ilegal bajo la ley Federal. Sin embargo, lo que han hecho esos estados es emitir leyes estatales que crean unas excepciones en la Ley Federal autorizando cierto tipo de consumo y de comercio. Este tipo de consumo y comercio de marihuana es distinto a las actividades de narcotráfico adelantadas por los carteles, ya que las empresas autorizadas tendrán que registrarse y someterse a procesos de control. Esto ha sido respaldado por la Fiscalía General.

Finalmente, quisiera dejarles a ustedes la versión de Charles Intriago, un Zar Americano-Ecuatoriano en la lucha contra el Lavado y el Terrorismo Internacional, en relación a este tema:

“Se trata de una industria en auge, con ingresos de miles de millones de dólares, una amplia base de clientes, y proyecciones de gran crecimiento. Sin embargo, es también una industria cuyas empresas no pueden encontrar un banco dispuesto a abrir una cuenta. ¿La razón? La industria en cuestión es el negocio de la marihuana medicinal y en algunos casos de la marihuana recreacional en Estados Unidos, un sector cuyos fondos son esencialmente intocable por las instituciones financieras de Estados Unidos debido a los conflictos entre la legalización en los distintos estados y las leyes federales de lavado de dinero. Un dilema que muy bien se puede trasladar a otros países y jurisdicciones que han legalizado parcial o totalmente el mercado de la marihuana, ya sea para fines medicinales o recreacionales”.

Y el Presidente Barack Obama manifestó lo siguiente sobre este tema “la marihuana no es más peligrosa que el alcohol o el tabaco”, aunque señaló que es “un vicio y un mal habito”.

Esta aseveración de Intriago pone en el tapete el tema del negocio, de la cantidad de dinero que maneja esa industria y que los bancos no tenían acceso legalmente. Pudiéramos pensar en el futuro en considerar este tema en la República Dominicana?. He contado con la contribución y fuentes de www.lavadodinero.com para este artículo.

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