La Cámara de Diputados aprobó en primera lectura el pasado día cinco de mayo el proyecto de ley de Ordenamiento Territorial que tiene por objetivo establecer el marco regulatorio para el uso del suelo, a partir de la adaptación al cambio climático, los desequilibrios y desigualdades territoriales, la sostenibilidad ambiental, la gestión integral de riesgos, la competitividad económica y la calidad de vida de la población.
La decisión de los congresistas contó con el aval del Ministerio de Economía Planificacion y Desarrollo, entidad que saludó la decisión de los diputados y diputadas.
El proyecto es el resultado del esfuerzo conjunto del gobierno y el Poder Legislativo a través de sesiones de trabajo coordinados por la Dirección General de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, dependencia del MEPyD, tomando en cuenta la propuesta original del diputado Radhamés González.
Ha sorprendido, días después , unas declaraciones públicas del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep),solicitando la realización de vistas públicas para consensuar el anteproyecto de Ley de Ordenamiento Territorial y de Uso del Suelo.
Sobre esta reacción, el director general de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, Franklin Labour, quien es dirigente nacional del Partido de la Liberación Dominicana, en declaraciones a los medios dijo que no se opone, a pesar de que el proceso de formulación ha sido abierto y participativo.
Indicó que la cúpula empresarial pudo haber hecho sus observaciones con anterioridad, ya que el 6 de febrero los directivos del Conep, Rafael Blanco Canto y Rafael Paz sostuvieron una reunión con el ministro Temístocles Montás; el viceministro de Planificación, Juan Monegro, y su persona, en el Palacio Nacional, donde abordaron el tema.
Recordó que los técnicos del ministerio realizaron un encuentro de socialización con directivos del gremio, donde se comprometieron a remitir sus observaciones por escrito, pero nunca se hizo.
En ese orden también Ministro de Economía, Temístocles Montás, aclaró que ahora el proyecto no está en el ámbito de ese ministerio, sino del Congreso Nacional., por lo que no objetaría que se lleve a vista publica: “No tengo ninguna objeción a que este proyecto de ley se siga consensuando”, dijo Montás .
En un conversatorio con Vanguardia del Pueblo, Franklin Labour recordó que en enero se realizó un Seminario Internacional con la participación de expertos nacionales y extranjeros en que se debatió ampliamente la temática, lo que demuestra que el proceso ha sido abierto, dinámico y participativo.
Sostuvo que la Dirección de Ordenamiento Territorial está en la disposición de tomar en consideración cualquier solicitud, e incluso acudir a cualquier lugar que se requiera para explicar los objetivos y propósitos del anteproyecto, con el fin de lograr el consenso necesario para la aprobación de la ley, que dijo es un elemento del Sistema de Ordenamiento que se busca establecer en el país.
Labour declarò que lo que se busca es que al final del proceso se promulgue una ley que llene las expectativas de todos los sectores, aunque no se pueda complacer todos los deseos, ya que el territorio es un elemento de conflicto permanente.
El proyecto aprobado en la cámara baja es el resultado del esfuerzo conjunto del gobierno y el poder Legislativo a través de sesiones de trabajo coordinados por la Dirección General de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, dependencia del MEPyD, tomando en cuenta la propuesta original del diputado Radhamés González.
En uno de los considerandos el anteproyecto establece que, como política del Estado, el ordenamiento territorial debe integrar los elementos del territorio y su relación con los procesos sociales, económicos y políticos, bajo una dinámica descentralizadora, dando mayor participación a los actores territoriales, sobre la base de alianzas entre el Estado, el sector privado y la sociedad civil.
La Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo de la República Dominicana fue elaborada considerando la adaptación al cambio climático, los desequilibrios y desigualdades territoriales..
En uno de sus artículos se establece que cualquier persona física o moral que se interese en desarrollar actividades y usos, a modificar, a fraccionar, refundir, o a construir, en cualquier parte del territorio, queda sujeto a la obtención de la(s) autorización(es) administrativa(s) correspondiente(s) de acuerdo al uso respectivo, salvo las excepciones previstas en las leyes.
Tambien en la legislación se prohíbe la instalación de asentamientos humanos en lugares vulnerables o de alto riesgo, zonas de alta productividad agrícola, suelos clase I y II, y todas aquellas áreas prohibidas por las leyes.
El proyecto establece además que los asentamientos humanos informales existentes son aquellos que se conforman ilegalmente en terrenos que no son propiedad de sus ocupantes y contrario a las leyes. No están permitidos en el marco del ordenamiento territorial por lo que las autoridades competentes de las unidades político-administrativas actuarán conforme a las sanciones establecidas por ley para aquellos que lo impulsen y ejecuten.
Igualmente, la pieza declara de alto interés nacional la titulación de los terrenos urbanos y asentamientos humanos informales existentes, conforme a los planes estratégicos de desarrollo nacional, regional y municipal, elaborados a fin de cumplir con los requerimientos de la presente ley.