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La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) pidió sancionar los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) y al personal médico que incurra en la práctica del rebote de pacientes, en violación a la Constitución de la República, y la ley General de Salud 42-01 que consagran el derecho a cada ciudadano de recibir asistencia en salud en condición de emergencia.

La institución encargada de velar y defender los derechos de los afiliados del Sistema califica de inaceptable esta práctica, que es en sí deshumanización e indolencia frente a la vida de las personas.

“Esta práctica vulnera el derecho a la vida, la Constitución y los derechos humanos, entendemos que no se han tomado los correctivos que pongan fin a esa situación a pesar de que ha sido denunciada en los organismos correspondientes”.

La DIDA advierte que la práctica del rechazo de pacientes, no es nueva y afecta también a los afiliados del Sistema de Seguridad Social, y para frenarla, se amerita ejemplarizar imponiendo sanciones a las clínicas, medidas disciplinarias al personal médico y exigir a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) que asuman las responsabilidades contraídas con sus afiliados, so pena de también ser sancionadas.

La entidad indica que cuando ocurren esos casos, las ARS dejan los pacientes abandonados a su suerte siendo las que deben garantizar el servicio a los afiliados en las prestadoras que ellas han contratado, por ser esas empresas, las que cobran por administrar ese riesgo, pero se lavan las manos como Pilatos.

La DIDA advierte que los primeros auxilios son obligatorios y gratuitos, y que las prestadoras de servicios de Salud que no cumplan con esas disposiciones establecidas, incurren en una violación a la Constitución y las leyes, y debe ejercerse la acción penal frente a ellas.

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