Hablan los hechos

La Dirección General de Impuestos Internos –DGII- desarrolla ahora una campaña para agilizar la renovación de la placa en los vehículos de motor, a la vieja usanza de la ley derogada, pues la actual, la 63-17, toma en cuenta las condiciones mecánicas y otros aspectos de seguridad verificables mediante un proceso obligatorio para tales fines, como es la Revisión Técnica Vehicular que todavía no se implementa.

Artículo 161: Expedición y renovación de las placas. «Las placas de los vehículos de motor serán expedidas en número de dos (2) por la DGII, de conformidad con las normas administrativas dictadas al efecto. Para la renovación anual de las mismas será obligatoria la presentación del marbete de inspección técnica vehicular y de la póliza de seguro de vehículos de motor vigentes».

Párrafo. Cuando el marbete de inspección técnica vehicular o la póliza del seguro de vehículo de motor no se encuentren vigentes, la DGII no podrá expedir ni renovar ninguna placa».

Tras la promulgación, el pasado 21 de febrero, de la nueva ley relativa a la movilidad humana y los medios a utilizarse en la red vial, la expectativa ciudadana se proyectó muy elevada dado el desorden imperante en nuestras arterias, esperanza que con el tiempo se ha ido desvaneciendo debido a fallas en los resultados de la intención del legislador.

En tanto, se supone quedó derogada la antigua norma, 241-67, a la que se atribuía el caos colosal en la circulación, en la práctica, la inaplicabilidad de la nueva Ley, por ausencia de sus reglamentos, permite que las dificultades continúen en aumento.

Este rezago trae como consecuencia la desconfianza en la institución creada para generar y regular las normativas esperadas, que da muy escasos visos de real existencia.

Ha sido notorio su ausentismo en iniciativas como las tomadas por la Alcaldía del Distrito Nacional en el litoral sur de la ciudad, de limitar el transporte de carga en un determinado tramo.

Pero, también su participación en la reciente situación meteorológica durante la cual el país fue puesto en estado de alerta, debido al paso de dos potentes huracanes de cuyos estragos todavía no nos recuperamos.

Otras iniciativas municipales, como la del retiro de obstáculos y de los llamados “limpia vidrios” de las vías públicas, tanto en Santo Domingo como en Santiago, tampoco han mostrado vinculación con el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre –INTRANT-.

Esta y otras carencias e inexactitudes ya son notorias para periodistas y comunicadores que se expresan por periódicos de circulación nacional y otros medios de gran difusión.

Es evidente un vacío en este tema del Tránsito y el Transporte Terrestre, que debería despertar la inquietud en los profesionales del derecho, para dar respuesta a una situación no prevista por los hacedores de la ley, en un tema que no resiste más posposiciones.

La seguridad de conductores, pasajeros y peatones está de por medio en un país al que las estadísticas mantienen entre los campeones en el ranking de muertos y lesionados.

Tampoco se pueden cobrar las nuevas multas

El juez de Paz del Juzgado de Atención al Automovilista ha confirmado que debido a la falta de un reglamento de aplicación aún no ha comenzado a aplicarse el incremento en las multas debidas a las infracciones levantadas por la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) en base a la nueva Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

De acuerdo con la explicación del magistrado Amauri Marcos Martínez, publicada por el periódico Diario Libre, “existe una nebulosa” en cuanto al sentido en que se debe aplicar la nueva ley promulgada el 21 de febrero de este año.

“Esa ley en cuanto a las multas depende de un reglamento que el INTRANT todavía no ha agotado”, señaló el juez Martínez, durante una charla sobre la aplicación de la Ley de Tránsito en la sede del Defensor del Pueblo, según la versión del medio.

La reciente normativa establece multa de un salario mínimo del sector público descentralizado de RD$5,117, pero las aplicadas en la actualidad pueden llegar hasta los RD$1,300, conforme a lo establecido en la antigua Ley 241.

Las infracciones más comunes siguen siendo el paso con la luz roja del semáforo, no utilización del cinturón de seguridad y el hablar por celular mientras se conduce, según detalló el juez Martínez.

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