Es una responsabilidad de la Junta Central Electoral organizar, fiscalizar y supervisar, conjuntamente con los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, el proceso interno para la escogencia de candidatos a cargos de elección popular, ya sea para la elección de las autoridades electivas dispuesta por la Constitución, así como los mecanismos de participación popular establecidos en ella.
Es un mandato de la Ley 20-23 de Régimen Electoral en la que claramente queda establecida la comunión que debe existir entre el órgano de comicios y los partidos políticos.
El pleno de la Junta Central Electoral debe adoptar sus decisiones luego de la consulta a los partidos políticos, lo que no sucedió con el ya célebre ‘Comunicado de Admonición’, que los partidos políticos de la oposición objetaron por violar sentencias del Tribunal Constitucional y otras disposiciones de altas cortes.
Las objeciones presentadas por la oposición fueron rechazadas por la Junta, sin consulta alguna, justo el día que se formalizó la protesta de los partidos políticos a la disposición del órgano de comicios, lo que ha generado una preocupación ciudadana, incluyendo a la cúpula empresarial, que ha comenzado a tener contactos con los actores del sistema electoral, en procura de acciones preventivas para evitar una hostilidad mayor que afecte el sistema democrático.
Es lo que ha llevado al pleno de la JCE, en una acción reflexiva, a invitar a los partidos políticos a la celebración de lo que llaman cumbre sobre el marco regulatorio de la precampaña y campaña electoral.
La propuesta ha sido acogida por el PLD y los demás partidos opositores, que han dicho que estarán presentes en ese encuentro, con la aclaración de la dirección peledeísta de que se mantendrá en las calles promoviendo las propuestas de su candidato presidencial y de las candidaturas locales a posiciones electivas.
Al igual que los partidos políticos, la opinión pública ha saludado la iniciativa de la JCE que permitirá definir el alcance de las normas y las responsabilidades de cada quien en sus actuaciones, siempre apegado al mandato de la Carta Magna.
En un ambiente un tanto convulso, no se le puede echar leña al fuego. Hablando la gente se entiende.