Durante un buen tiempo se ha querido establecer en nuestro país, particularmente desde algunos sectores de la llamada sociedad civil, un falso estereotipo de que el haber sido político o haber militado en un partido constituye una especie de inhabilitación moral para ocupar determinadas posiciones de responsabilidad en el Estado, especialmente en la justicia.
La política es una actividad legítima en una democracia. Participar en un partido, defender determinadas ideas, aspirar a gobernar o ejercer responsabilidades políticas forma parte del ejercicio ciudadano.
Partiendo de esa premisa, la militancia política no puede convertirse en una marca que persiga, de por vida, a quien la haya ejercido.
Una cosa es exigir independencia, integridad, preparación y capacidad a quienes ocupan funciones judiciales, y otra muy distinta es presumir que una persona carece de esas condiciones simplemente porque tuvo una trayectoria política.
Nuestra propia historia institucional ofrece ejemplos de juristas que tuvieron participación o vínculos políticos y que, al asumir responsabilidades en la justicia y en otras instituciones del Estado, actuaron con dignidad, honor, competencia y apego a la ley.
Han existido jueces, presidentes de altas cortes, procuradores generales y destacados profesionales del derecho con antecedentes políticos que ejercieron sus responsabilidades de manera honorable.
Por eso, resulta difícil sostener que el pasado político convierte automáticamente a una persona en incapaz de ejercer una función judicial. El criterio debe ser otro: preparación, experiencia, trayectoria, integridad, independencia de criterio y capacidad.
Esta discusión adquiere especial importancia ante el proceso de selección de nuevos jueces de la Suprema Corte de Justicia. Es legítimo defender la carrera judicial y exigir independencia a los magistrados. Pero hay que distinguir entre garantizar la independencia judicial o, simplemente, excluir a una persona por su trayectoria política.
¿Por qué debe rechazarse a un candidato simplemente porque ha sido político, si cumple con los requisitos constitucionales y legales, tiene formación jurídica, experiencia, trayectoria e integridad?
Nadie plantea que alguien deba ser escogido para la Suprema Corte por ser político. El planteamiento es exactamente el contrario: tampoco debe ser excluido por haberlo sido. Una cosa es seleccionar por mérito y otra excluir por prejuicio.
Además, existe un problema de consistencia. Se afirma que un político podría favorecer a sus antiguos compañeros, aliados o correligionarios. Esa posibilidad debe examinarse cuando corresponda, pero ¿por qué atribuirla exclusivamente al político?
Un empresario puede tener, igualmente, afinidades con empresarios; un académico, con académicos; un dirigente religioso, con miembros de su congregación; y un dirigente de la sociedad civil, con las organizaciones y personas con las que ha compartido trayectoria.
Representantes de sectores económicos, empresariales, religiosos, académicos o de la sociedad civil han ocupado importantes posiciones públicas y, en ciertos casos, sus actuaciones han sido cuestionadas por deficiencias, falta de resultados o problemas de integridad.
Sin embargo, esto no significa que esos sectores carezcan de valores, del mismo modo que sería injusto afirmar que todos los políticos carecen de ellos. Precisamente ahí está el punto: ningún sector tiene el monopolio de la ética, de la capacidad ni de la independencia.
Si la preocupación real es preservar la independencia y evitar conflictos de intereses, las reglas deben ser generales, objetivas y aplicables a todos, independientemente del sector de procedencia del candidato.
No parece justo y razonable presumir que un político favorecerá necesariamente a sus antiguos compañeros, mientras se presume que quien proviene de otro sector será necesariamente independiente de sus colegas, amigos o aliados.
La independencia judicial es indispensable, pero no significa necesariamente ausencia de pasado político. Significa que, una vez asumida la función judicial, el magistrado debe actuar conforme a la Constitución, la ley y su conciencia jurídica, sin subordinación a intereses particulares o partidarios.
independencia debe demostrarse en el ejercicio de la función, no presumirse exclusivamente por el origen profesional o político de quien la ocupa.
Esto tampoco debe convertirse en una defensa corporativa de los políticos. No todo político está capacitado para ser juez, como tampoco lo está automáticamente todo representante de la sociedad civil, del empresariado, de la academia o de cualquier otro sector.
Las personas deben ser evaluadas individualmente, sin favoritismos ni discriminación. Sólo si un candidato carece de preparación, experiencia o integridad, o no cumple los requisitos constitucionales y legales, debe ser descartado.
Pero si, por el contrario, reúne las condiciones exigidas, tiene una trayectoria honorable y demuestra capacidad e independencia, ¿por qué excluirlo únicamente porque alguna vez participó en política?
La democracia necesita políticos, jueces, académicos, empresarios, organizaciones sociales y profesionales independientes. Lo que no necesita es una división artificial entre ciudadanos moralmente superiores y ciudadanos moralmente sospechosos según hayan participado o no en política.
La política no debe otorgar privilegios, pero tampoco debe producir inhabilitaciones morales. Ser político no es una condena.
Una democracia madura no selecciona a sus servidores públicos por etiquetas. Los selecciona por sus méritos, su capacidad, su integridad y su compromiso con las instituciones.