Opinión

El seminario de londres

El Grupo Británico de la Unión Interparlamentaria ha organizado en Londres un interesante seminario internacional para resaltar los esfuerzos de los Estados y las organizaciones que hicieron realidad la firma del Tratado sobre Comercio de Armas.

Para Rick Nimmo, director del Grupo Británico, es una señal de éxito y una fuente de considerable orgullo para la comunidad internacional «que este histórico tratado ha logrado recientemente el numero de ratificaciones requeridas para entrar en vigor en diciembre de 2014».

El diputado Ito Bisono y el autor de este articulo fuimos invitados a participar en este seminario internacional, que se celebrara en Londres los días 3, 4 y 5 de noviembre, en representación de la Cámara de Diputados de la Republica Dominicana, en el que también participan parlamentarios de todo el mundo, con el objeto de aumentar la base de conocimientos del Tratado sobre Comercio de Armas.

«Al reunir parlamentarios de todo el mundo y mediante nuestras discusiones en este seminario esperamos aprovechar el impulso existente del Tratado a medida que la entrada en vigor se acerca», comenta Rick Nimmo.

Alistair Burt, Subsecretario Parlamentario de Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Mancomunidad, al firmar el Tratado sobre Comercio de Armas destaco que el mismo salvara vidas, fomentara el desarrollo sostenible facilitando que escuelas, servicios sanitarios e infraestructura critica tengan acceso a recursos, en vez de verlos malgastados en conflictos. También reducirá el sufrimiento humano impidiendo acceso a las armas pequeñas que se usan en las violaciones graves de los derechos humanos y el derecho humanitario internacional, y ayudara a contrarrestar el terrorismo y la delincuencia, reduciendo la libre proliferación de armas que amenaza la seguridad no solamente de los países donde se radican los terroristas sino la de sus vecinos y en el resto del mundo.

La Cámara de Diputados aprobó en única lectura el trascendente Tratado sobre Comercio de Armas, un instrumento de derecho internacional que norma las relaciones en el comercio internacional de armas convencionales y persigue evitar las muertes de personas a consecuencia del comercio no regulado o de la desviación de armas al comercio ilícito.

Naciones Unidas aprobó este documento tras seis años de deliberaciones, en un proceso que comenzó en diciembre de 2006, cuando la Asamblea General decidió pedir a todos los Estados miembros su opinión sobre la viabilidad, el alcance y los parámetros de un tratado para regular la transferencia internacional de armas convencionales.

Este Tratado exhorta a los gobiernos a evaluar el riesgo de transferir armas, municiones, o componentes a otros países donde puedan ser utilizados para cometer o facilitar graves violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos.

Afecta, además, a las principales categorías de armas convencionales, incluidas las armas pequeñas y las armas ligeras, que producen cantidades ingentes de víctimas civiles y proliferan en países con conflictos de baja intensidad y en situaciones de violencia armada.

El presidente Danilo Medina, en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 128, numeral 1, letra d), y 185, numeral 2, de la Constitución de la República, sometió el 19 de julio de 2013 a control preventivo de constitucionalidad por ante el Tribunal Constitucional el Tratado sobre Comercio de Armas, suscrito en la sede de Naciones Unidas, ciudad de Nueva York.

La República Dominicana suscribió el Tratado el 3 de junio de 2013, luego de que fuera adoptado por Naciones Unidas el 2 de abril de 2013. La resolución fue iniciada en el Senado de la República el 19 de marzo de 2014 y aprobada el 2 de abril de 2014. Pasó a la Cámara de Diputados el 11 de abril 2014 y fue enviada para estudio a las comisiones permanentes de Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. El 22 de mayo el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Tratado sobre Comercio de Armas.

El Tratado tiene por objeto establecer normas internacionales comunes lo más estrictas posible para regular el comercio internacional de armas convencionales, así como prevenir y eliminar el tráfico ilícito de armas convencionales y prevenir su desvío, con el fin de contribuir a la paz, la seguridad y la estabilidad en el ámbito regional e internacional; reducir el sufrimiento humano y promover la cooperación, la transparencia y la actuación responsable en el comercio internacional de armas convencionales, fomentando así la confianza entre los Estados.

El Tratado se aplicará a todas las armas convencionales comprendidas en las categorías de carros de combate, vehículos blindados de combate, sistemas de artillería de gran calibre, aeronaves de combate, helicópteros de ataque, buques de guerra, misiles y lanzamisiles, así como armas pequeñas y armas ligeras.

Los efectos del Tratado abarcarán las actividades de exportación, la importación, el tránsito, el transbordo y el corretaje, denominadas transferencias.

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