Hablan los hechos

Aunque República Dominicana probablemente ostente el record de ser el país con mayor número de reformas constitucionales, hay dos fechas históricas que no podrían soslayarse en estudio de sus diversas cartas fundamentales: el 6 de noviembre de 1844, día de la aprobación de su primera Constitución, y el 24 de abril de 1965, cuando el pueblo dominicano se lanzó a las calles dispuesto a derramar su sangre para hacer valer la Ley Sustantiva de 1963, promulgada por el gobierno de Juan Bosch, primero en ser electo por el voto popular tas la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

En este mes de abril, que entró con la Semana Santa y el Día Nacional del Periodista, los dominicanos tuvimos tiempo suficiente para reflexionar en torno al respeto que debemos tenerle a nuestra Carta Magna, que como bien dijera Monseñor Nicolás de Jesús Cardenal López Rodríguez no puede estar sometida a permanentes modificaciones por el capricho de de intereses coyunturales.

Si hay un momento en la Historia Dominicana en que la Constitución debe dejar de ser un simple “pedazo de papel”, es el actual, en el que el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) controla todos los poderes del Estado, mientras el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y su desprendimiento Partido Revolucionario Moderno (PRM), que se disputan el segundo lugar, pertenecen al mismo litoral que fue derrocado junto a Bosch por los enemigos de la Constitución de 1963.

Tras ganar las elecciones del 20 de diciembre de 1962, Bosch reivindicó con su Proyecto de Constitución el ideal del fundador de la Nación, Juan Pablo Duarte, quien hizo esfuerzos heroicos para que la Patria naciera con las conquistas de la Constitución de Cádiz, cuyos rasgos liberales comenzó a valorar por su estadía en la Europa de principios del siglo XIX.

El respeto a las libertades públicas y la prohibición de la reelección presidencial consecutiva figuraban en la Constitución de Bosch, que luego fue malograda por el golpe de Estado del 25 de noviembre de 1963.

Cada 6 de noviembre se conmemora en la República Dominicana el Día de la Constitución, por cumplirse un aniversario más de la aprobación en la ciudad de San Cristóbal de la primera Carta Magna que rigió las normas soberanas de la nación tras la proclamación de la Independencia el 27 de Febrero de 1844.

Como es de conocimiento común, que las ideas más liberales, representadas por el patricio Juan Pablo Duarte, fueron desplazadas en el proyecto de nación que apenas comenzaba, por las más conservadoras, encarnadas por el general Pedro Santana, de procedencia hatera.

Desde la creación de la Sociedad Secreta La Trinitaria, Duarte tenía escrito su proyecto de Constitución, que trataría de establecer como Carta Magna tan pronto triunfara la revolución que independizara al lado español de la Isla de Santo Domingo, del francés, en el que se constituyó el Estado Haitiano.

Extrañado Duarte del país tras la entronización del santanismo en el poder, el borrador histórico de su proyecto de Constitución fue destruido por sus mismos persecutores, sin embargo, pudo conservarse para la posteridad parte de sus principios fundamentales, que aún tienen vigencia a más de 150 años de su redacción.

El Padre de la Patria titula como Proyecto de Ley Fundamental, lo que se proponía convertir en la Constitución de la República, con el lema Dios Patria y Libertad. Los congresistas llamados a darle aprobación a la propuesta, deberían jurar de la siguiente manera:

“Nosotros, los infrascritos, nombrados por los pueblos, representantes legítimos de la Nación Dominicana, reunidos en augusta Asamblea Legislativa, en el nombre de Dios, Supremo Autor, árbitro y regulador de las naciones, y en uso de las facultades que para ellos se nos han conferido, visto el proyecto de Ley Fundamental, sometido a nuestra consideración por… hemos decretado la siguiente Constitución del Estado”.

En el Artículo 1 del Capítulo 19 de su Proyecto de Constitución, el Padre de la Patria establece que “La Ley es la regla a la cual deben acomodar sus actos, así los gobernados como los gobernantes”.

Continúa en el Artículo 2 con el criterio de que “para que esta regla merezca el nombre de Ley Dominicana, y deba, por tanto, ser acatada y obedecida como tal, es necesario que en la forma que esta Constitución prescribe sea: 1ero. Propuesta por autoridad a quien ella acuerde ese derecho. 2do. Discutida, adoptada y decretada por el Congreso Nacional, y 3ero. Sancionada y promulgada por el Poder Ejecutivo, según y como se esta misma Ley Fundamental”.

En el Artículo 3, el patricio arroja luz sobre lo que debe ser la posición nacional ante los tratados internacionales cuando advierte que “los tratados internacionales, para que deban ser tenidos por ley internacional, deben, además, y antes de su promulgación por el Poder Ejecutivo, ser ratificados por Gran Consejo Nacional, del que se hablará después”.

Como puede observarse, las constituciones concebidas por Duarte y Bosch plantean el respeto a los valores fundamentales de la persona humana, sin menoscabo a la defensa del orden, la paz ciudadana y la soberanía nacional.

Hace apenas seis años, en el 2010, se aprobó en el país una Constitución consensuada con todos los sectores representativos de la vida nacional, en un gobierno peledeista encabezado por el Presidente Leonel Fernández. De un gobierno encabezado por otro seguidor de Bosch, el Presidente Danilo Medina, lo más normal es que los dominicanos esperen el trato más respetuoso a la Carta Sustantiva, en este mes de abril en el que se conmemora el 50 Aniversario de la Revolución Constitucionalista de 1965.

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