El Ministerio de Trabajo reiteró que el 30 de marzo fecha en que se conmemora la muerte de Jesucristo “Viernes Santo”, no es laborable.
La clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el sábado 31 de abril, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.