La controversia que pudiera generar el título de estas líneas estaría compensada por el sentido de pertenencia implícito en la definición de “Estado” obtenida en manuales de Derecho Constitucional, según los cuales el Estado es la suma de: población, territorio y autoridad soberana.
Los tres elementos que integran la definición precitada son esenciales para cimentar y fortalecer la conciencia ciudadana en cuanto a los derechos y deberes que competen a elegidos y votantes. Esto así, porque los resultados de la adecuada aplicación de todos y/o cada uno de ellos, garantiza convivencia civilizada y armoniosa de la ciudadanía.
Hagamos un ejercicio para definir y analizar cada elemento. Veamos:
Población humana: “Denota un grupo de personas que están conectadas entre sí debido a la historia de su origen, forman una comunidad reproductiva y al mismo tiempo viven en un área espacial definida. Por extensión, la palabra población se utiliza también para referirnos al conjunto de viviendas y otras infraestructuras”.
Territorio: “Es un área (incluyendo tierra, agua y espacio aéreo) poseída por una persona física o jurídica, sea una organización, una institución, o un Estado”.
Autoridad soberana: “Entidad (como un parlamento) cuyas acciones tienen fuerza legal y en quien reside el poder supremo para establecer, modificar y derogar las leyes del país”.
Las definiciones que anteceden fueron tomadas de la enciclopedia libre Wikipedia, las cuales considero apropiadas para el breve análisis que me propongo hacer.
La definición de “Población humana”, destaca: personas conectadas por la historia de su origen, esa característica podría interpretarse como el vínculo que les motiva a observar y reclamar el cumplimiento de la Constitución y las leyes, a fin de preservar su integridad humana y las de los bienes que la conforman.
Es importante no perder de vista el detalle que hace Wikipedia al definir “Territorio”. Señala: es un área que incluye tierra, agua y espacio aéreo. Esto sirve para que tengamos presente los límites de nuestro país que, lamentablemente se han borrado y somos cada vez más pequeños territorialmente.
La parte final de la definición de “Autoridad soberana”, expresa: en quien reside el poder supremo para establecer, modificar y derogar las leyes del país. Ojalá cumplamos rigurosamente los objetivos de estos elementos, así tendremos el orgullo de saber que el Estado somos todos. Esperemos.
Hasta luego…