Por: Luis García | Muchas maestras dominicanas que prestan servicios en el sistema de educación preuniversitaria en los centros educativos públicos se ven sometidas constantemente a una situación de estrés al momento del depósito de licencias por maternidad, un proceso burocrático durante el cual se cometen abusos y que no forma parte de la agenda de lucha de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP).
Esos abusos se inician con el hecho de obligar a las docentes a la búsqueda de un sustituto, a quien deben pagarle durante el tiempo de tres meses y medio que abarca la licencia. Esto ocurre, contrariando la normativa vigente que establece que constituye una responsabilidad de la dirección del centro educativo y del distrito escolar correspondientes.
La retribución del maestro sustituto asciende a RD$30,000.00 mensuales, alrededor de la mitad de los emolumentos que percibe la contratante, que en una sociedad en que los profesionales se desenvuelven con presupuestos ajustados le significa un desajuste económico que obliga a recurrir a préstamos irrisorios para cubrir necesidades básicas. El problema se complica, porque el Ministerio de Educación tarda, regularmente, un año en la reposición de los fondos adelantados al sustituto.
Otra cuestión radica en que cada vez son menos los maestros que convienen en aceptar la paga diferida hasta que las autoridades educativas completen la burocracia del pago.
Generalmente, las maestras tratan de acatar esta medida de presión y se desprenden de sus propios fondos para evitar las represalias que suelen ocurrir en aquellos casos en que se limiten al depósito de la documentación legal provista por el personal médico y el centro de salud en el que se procederá a la realización del procedimiento de parto. Las represalias pueden ir desde el monitoreo estricto del cumplimiento del horario en aula hasta la revisión de los contenidos y el seguimiento de los alumnos, más allá de las exigencias que hacen al resto de sus pares.
Los directivos de la ADP saben perfectamente que el pago de los sustitutos o suplentes cuando un docente se encuentra de licencia médica o de maternidad corresponde exclusivamente al Ministerio de Educación. Según la Orden Departamental 43-2019 en ninguna circunstancia el maestro de licencia debe pagar de su bolsillo al profesor que lo sustituye, ni los directores de centros educativos tienen facultad para exigir dicho pago.
El hecho de exigir al docente titular que pague a su sustituto es una práctica que resulta ilegal. El gremio profesional que agrupa a los maestros les dice en privado que se rehúsen a estos pagos, pero en público no asume esa agenda reivindicadora de derechos; nunca ataca públicamente a los directores de escuelas, distritos o regionales que fuercen a un maestro a pagar un suplente, con el propósito de que sean denunciados, investigados y sancionados.
Esta práctica colide con el artículo 7 de la Carta Magna que consigna que “la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo”. La función esencial del Estado, por vía de consecuencia, consiste en la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social.
Visto lo anterior, la ADP ha reprobado la materia de defensa de sus agremiadas que han tenido la dicha de la maternidad para engrandecer a la nación.