Rendir cuentas promueve confianza y fortalece la Democracia. Esa iniciativa que fue llevada a cabo por algunos alcaldes el pasado 24 de abril, día de los ayuntamientos y aniversario de la gesta patriótica de 1965, es un gesto esperanzador. Esperemos que, en el futuro esa práctica involucre a la totalidad de las municipalidades del país.
Hoy en día, ese importante sector de la vida nacional no suple la información con la calidad suficiente requerida por la Cámara de Cuentas, para poder llevar a cabo su trabajo de fiscalización e informe sobre la razonabilidad del gasto y administración de los recursos públicos que el Estado pone cada año a su disposición.
Tradicionalmente, la excusa es que, dada la precariedad de los fondos otorgados están imposibilitados a mantener registros que hagan posible cumplir con ese importante requisito, los cual se desvirtúa cuando se realiza el análisis de cumplimiento a la ley que los regula (176-07) del 12 de julio del año 2007, cuyo objetivo es fortalecer el rol de los ayuntamientos como responsables del desarrollo y del bienestar colectivo de su demarcación.
La referida ley, en su Artículo 21.- Destino de los Fondos.
Establece lo siguiente: “Los ayuntamientos destinaran los ingresos propios y los recibidos por las diferentes modalidades establecidas por las leyes nacionales para satisfacer sus competencias manteniendo los siguientes limites en cuanto a su composición:
Hasta el veinticinco por ciento (25%) para gastos de personal, sean estos relativos al personal fijo o bajo contrato temporal.
Hasta el treinta y un porciento (31%) para la realización de actividades y el funcionamiento y mantenimiento ordinario de los servicios municipales de su competencia que prestan a la comunidad.
Al menos el cuarenta por ciento (40%) para obras de infraestructura, adquisición, construcción y modificación de inmuebles y adquisición de bienes muebles asociados a esos proyectos, incluyendo gastos de preinversion e inversión para iniciativa de desarrollo económico local y social.
Un (4%) dedicado a programas educativos, de género y salud”.
Puedo afirmar con conocimiento de causa, que en la generalidad de los trabajos de auditoria realizados a esas entidades municipales, se verifica que la ejecución del acápite (a), excede el 25% establecido por la ley; esto evidencia una política clientelar y populista por parte de los incumbentes. Lo que se refleja en el cumplimiento precario de los demás servicios municipales de su competencia.
Ojalá que las autoridades competentes, se dignen revisar y corregir esta situación. Esperemos.