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Avances del PLD en la organización de la Consulta

CONAP-2026 del Partido de la Liberación Dominicana socializa normativa de la Consulta programada para el 18 de octubre próximo.

La Comisión Organizadora de la Consulta sobre Aspirantes Presidenciales (CONAP-2026) del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) hizo pública la normativa de actividades permitidas y prohibiciones para los aspirantes en el marco de la consulta programada para el 18 de octubre próximo.

La normativa publicada, y de conocimiento de los equipos de los aspirantes, tiene por propósito establecer reglas claras, precisas y equitativas que regulen las actividades de promoción de los y las aspirantes inscritos en el proceso de Consulta interna del Partido.

En el documento se explica la finalidad de la CONAP 2026 y el PLD organizando la Consulta con la que se procura conocer los niveles de simpatía con que cuentan los aspirantes dentro de la militancia y de la ciudadanía habilitada para participar, “sin que ello constituya proceso de selección ni postulación de precandidaturas; garantizando la unidad partidaria, la transparencia del proceso y el respeto a los derechos de todos los participantes, en coherencia con los principios democráticos consagrados en la Constitución dela República Dominicana y los Estatutos del Partido”.

La normativa se ha dado a conocer en las aplicaciones de mensajería interna del PLD, en los portales del partido y sus redes sociales y se incluye en un folleto impreso de dieciséis páginas con un preámbulo y 21 artículos.

En el Artículo 4 que presenta los Principios Rectores de la Consulta va vinculado a los Estatutos del PLD y el Protocolo de Aspiraciones Presidenciales y son : Unidad partidaria por encima de los intereses particulares; Transparencia, equidad y respeto mutuo entre todos los aspirantes; Centralismo democrático y participación activa de la militancia; Autorregulación, autodeterminación y autonomía organizativa del Partido, Respeto a los derechos individuales reconocidos por la Constitución, las leyes y los Estatutos; Respeto al carácter no vinculante de la Consulta y compromiso con la unidad del Partido una vez concluido el proceso.

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