Los matices ideológicos de la propuesta empresarial para la modificación del código de trabajo se encuentra en la corriente neoliberal del pensamiento económico, específicamente en las obras de uno de sus principales exponentes de la era moderna, el economista estadounidense Milton Friedman, quien tuvo una gran influencia de los economistas de la Universidad de Chicago, como fue, Frank Knight, Lloyd Mints y Jacob Viner.
En su tesis del salario flexible o competitivo, Friedman parte de una economía idealizada, donde existe un libre flujo de bienes y servicios, en un estado de competencia perfecta, que se fundamenta en las señales que emite el mercado a través de los precios, generando una interacción simultánea entre los agentes económicos, por cuanto considera el mercado como el mecanismo ideal para asignación optima de los recursos en toda economía. En un escenario de competencia perfecta, la regulación del mercado de trabajo solo debe estar orientada al cumplimiento contractual entre las partes, es decir, ofertantes y demandantes de empleos. En el caso específico, sería la libre contratación de mano de obra, entre la empresa y los asalariados.
El modelo de mercado de trabajo flexible recreado por Friedman y sus contemporáneos neoliberales, supone una economía de pleno empleo con una indefinida multiplicidad de bienes y servicios en el mercado. Multiplicidad, que también está presente en el mercado de trabajo, puesto que la capacidad y dotación de factores, hace posible que exista la libre elección entre la empresa y los trabajadores, en razón de que ambos, sin ningún obstáculo, le asiste el derecho a la rescisión de los contratos de trabajo, en procura del salario óptimo o competitivo (el más favorable desde su óptica), en tanto no existe asimetrías en el mercado de trabajo. En esta suposición, el trabajador puede en cualquier momento desistir de un empleo en procura de otro mejor, al igual la empresa puede acudir al desahucio y a la búsqueda de una nueva opción, en procura de lograr mayor productividad.
La flexibilidad laboral o el modelo de libre contratación, para su operatividad no toma en consideración que esto solo puede ser asimilable en una economía de pleno empleo, en la que posiblemente, de manera simultánea los actores en el mercado de trabajo, pueden elegir y rescindir libremente, según las circunstancias de cada uno, en razón de que la economía está en el umbral de crecimiento sostenido, de forma tal que la tasa natural de desempleo, en ese escenario, es tan insignificante que el desempleo se considera como un acto voluntario, como así lo concebía la teoría clásica del libre mercado, cuyos exponentes principales era Adán Smith, David Ricardo y John Stuart Mil.
Cabe destacar, que en la concepción keynesiana, al margen del pleno empleo, el desempleo no constituye un acto voluntario como tal, sino que surge como resultado de la incapacidad que tiene el sector privado absorber o generar las plazas o puestos de trabajo suficiente en la economía, de ahí la justificación de la intervención del estado en la creación de empleo para generar un equilibrio de oferta y demanda en el mercado de trabajo.
El enfoque de Friedman sobre la flexibilidad del mercado de trabajo o del salario competitivo, se teje en tres teorías, a saber: a) los precios; b) el consumo; y c) el ingreso disponible a largo plazo. En las que subyace el principio de propiedad privada, la libertad individual, la libre elección de los agentes económicos y los aspectos institucionales.
En el contexto de esta concepción, el sector empresarial en la figura del Consejo Nacional de la Empresa Privada y la Confederación Patronal de la República Dominicana, presentaron ante las autoridades un proyecto de modificación del código laboral, como parte de la agenda nacional, para ser consensuada con el sector social, la cual de ser acogida tendría como consecuencia un fuerte descenso en las remuneraciones laborales, puesto que aumentar la jornada trabajo de 44 a 48 horas, estableciendo jornadas de 4 días de labores y descanso por 4 días, así como aumentar a 56 horas a la semana, en aquellas empresas de uso continuo, implica de paso la eliminación o reducción drástica de las horas extras, y sus secuelas negativas en la salud de los trabajadores.
Esto, unido a la reducción del plazo de la contratación sucesiva de 15 días a 2 meses, para obras o servicios terminados y la ampliación del periodo laboral de 3 a 6 meses, sin prestaciones laborales, a lo sumo incrementaría el nivel de desempleo y por tanto, una mayor rotación laboral, lo que unido a la reducción o eliminación de las restricciones al despido de la mujer embarazada, impactaría negativamente los niveles de remuneración laboral y el salario real promedio en el mercado de trabajo.
El nuevo cálculo de la cesantía laboral o liquidación, que propone el sector empresarial establece un tope de 69 días y 4 salarios mínimos promedio de la seguridad social, supone una drástica caída, dado que un trabajador con 10 años, supondría 203 días de cesantía valorada por el salario que perciba. Con esta propuesta, todos son afectados, pero sobre todo, los administradores, profesionales y ejecutivos.
Por otro lado, el primer empleo, por considerarse de aprendizaje, generaría una ganancia extraordinaria y descomunal para la empresa, puesto que la duración de dos años no incluye prestaciones laborales y seguridad social y, dado la gran proporción de jóvenes que cada año pasan a formar parte de la población económicamente activa, resultaría que el contrato de aprendiz o de nuevo empleo, terminaría siendo un instrumento sutil de suplantación de la mano de obra ocupada, lo que a mediano y largo plazo tiene como consecuencia, sin que haya deflación: a) descenso en la fuerza laboral; b) caída de la productividad; c) pérdidas de habilidades; y d) no adaptación al cambio tecnológico.
La idea de que el mercado de trabajo es altamente inflexible, por el costo que implica la cancelación o desahucio del contrato y la fijación del salario mínimo, contraviene la realidad empírica. El 69% de los trabajadores logra permanecer hasta los 3 años laborando en la empresa.
Esto pone de manifiesto que existe un alto nivel de temporalidad e inestabilidad en el empleo y la frecuencia del despido es muy alta. En efecto, durante el periodo 1991-1995 la contratación de personal con jornadas de 44 horas a la semana con salario superior la mínimo representó el 73.32%, proporción que se redujo a 69.4 %, en el periodo 2004-2008, aumentando por el contrario, el empleo inestable, puesto que hubo una mayor contratación de mano de obra con jornadas de menos de 40 horas a la semana de 4.21 a 10.23, al tiempo que fue muy alto la contratación de personal con más de 40 horas a la semana con salario inferior al mínimo legal, reflejando mayor niveles de precariedad.
Según la informaciones de la Dirección de Impuestos Internos, dentro del total general de gastos y costos de las empresas en el 2006, ascendente a RD$914 mil 937.7 millones, la remuneración laboral apenas representó el 8.9%; en el 2008 un 7.5% y en el 2011, un 8.1%, situación que impulsa cada vez más el crecimiento del sector informal de la República Dominicana.
La rentabilidad del capital en los sectores de manufacturas, agropecuario y comercio fue de 23.53% en el 2006, muy favorable en cuanto se mantuvo superior a la tasa de los certificados financieros en la banca múltiple. Además, el patrimonio de estos tres sectores pasa de RD$491,397 millones en el 2006 a RD$794, 601 millones durante el 2010. Los niveles de ganancias ascendente a RD$108,428 millones en el 2006 pasó a RD$155, 919 millones en el 2010, a la vez que recibieron exenciones de impuestos ascendente a RD$26,931millones en el 2006 y RD$33,425 millones durante el 2010.
El salario flexible, en gran medida, equidista de la realidad de la economía dominicana, más bien cuando se observa el desequilibrio de las variables fundamentales del mercado de trabajo, la baja absorción o creación de empleo, y el alto nivel de pobreza, no obstante la gran fase de expansión económica desde 1992, exceptuando la caída abrupta del crecimiento, en ocasión de la crisis financiera producida durante el 2003, frente a una movilidad social que apenas ronda el 2.0 por ciento, cuando el promedio para Latinoamérica es de 40 por ciento, revela una contradicción crucial en el enfoque tradicional de salarios flexibles, pues este idealiza una multiplicidad de opciones de puestos de trabajos y de salarios competitivos que en la realidad no existe, en razón de que esto supone una situación de pleno empleo que no se aproxima y que está muy lejos de la situación real de la economía dominicana.
En suma, el modelo de salario flexible, pudiera ser sostenible si la económica está en capacidad para absorber el incremento natural que cada año registra la Población Económicamente Activa (PEA), más la proporción del paro por desahucio o rescisión de contratos, entre otras razones. En ese escenario, la propuesta empresarial al código de trabajo se sustenta sobre una base categorial muy precaria, máxime cuando la economía dominicana aun habiendo alcanzado lo que ha sido su nivel potencial de crecimiento aproximado de 7.0, el pasado año, no fue capaz de absorber el incremento que observo la PEA. Obviamente, esto plantea una clara contradicción muy crucial, puesto que los desequilibrios del mercado de trabajo, en adición a otros indicadores sociales, demuestran que no hay posibilidad alguna para generar la citada multiplicidad de bienes y servicios; y, que sobre todo, que no existe tal diversidad de alternativas entre ofertantes y demandantes de empleos en la economía.