La sentencia del juez, Alejandro Moscoso Segarra, en el juicio preliminar al senador, Félix Bautista, fue correcta, ya que se le acusó sin aportar pruebas.
En esa opinión también coincide el jurisconsulto, Fidel Pichardo Baba, quien consideró que el Ministerio Público nunca cumplió con su obligación de recabar pruebas y presentarlas ante el tribunal, que dijo era la única forma de que el juez de Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia pudiera sustentar una sentencia en contra del procesado.
“Desde mi punto de vista, la acusación no tuvo ningún tipo de sustento jurídico, y si no hay pruebas, simplemente cualquier imputado está protegido por la presunción de inocencia”, significó el ex Consultor Jurídico del Banco Central.
Explicó que la necesidad ineludible de que los fiscales presenten evidencias demostradas, y de que el juez se base en ellas para sentenciar, no es la garantía de que un preso escape de la Ley, sino que se estableció para evitar que los inocentes sean victimas de procesos injustos.
Pichardo Baba observó que el contexto que envuelve la decisión favorable a Félix Bautista se fundamenta en la esencia del sistema democrático que prevalece en el país, y que no ha cambiado, basado en la división de los Poderes del Estado: Judicial, Legislativo y ejecutivo.
No obstante, señaló que no se puede pasar por alto la realidad de que la persona juzgada es un político activo, y por ende, la mayoría de opiniones del entorno vinculado a la actividad partidista se expresa en torno al caso en función de su intereses políticos particulares.
Igualmente, Pichardo Baba destacó la certeza de la sentencia de Moscoso Segarra al sustentarse en el principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, “cuando hay identidad de partes, identidad de objeto y de causa, estamos frente Non bis in idem, o sea, que se procesa a alguien dos veces por la misma situación”, indicó.
Pichardo Baba subrayó que los procesos penales no se crearon para complacer a sectores políticos y económicos, si no que tienen la función social de persuadir a las personas de que no incurran en el delito.
En tal sentido, puntualizó que para que una pena de prisión cumpla su misión de persuadir a los demás individuos de mantener una conducta apegada a las leyes, tiene, igualmente, que estar basada en el debido proceso judicial sustentado en pruebas.