Opinión

Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional

El concepto “seguridad alimentaria”, surgió en la década de los 70 en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, la cual fue convocada en virtud de la desnutrición generalizada de la época y por la incertidumbre existente, relacionada con la capacidad de los sectores agrícolas para producir los alimentos suficientes para abastecer los mercados.

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), estimó en ese momento -1974 fecha en la que se celebró la cumbre- que “a menos que se aceleren estos progresos, podría seguir habiendo unos 680 millones de personas hambrientas en el mundo para el año 2010”.

La declaración de los países participantes en la conferencia mundial, estableció la erradicación del hambre, la inseguridad alimentaria y la mal nutrición en un plazo de una década. “Todos los hombres, mujeres y niños tienen derecho inalienable a no padecer de hambre y malnutrición a fin de poder desarrollarse plenamente y conservar sus facultades físicas y mentales”.

Posteriormente en la década de los 90, la FAO celebró en Roma otra cumbre mundial sobre la alimentación el 17 de noviembre de 1996, con representantes de 185 países y 10 mil participantes con el tema central “La erradicación del hambre”.

La cumbre logró que los responsables de tomar decisiones en los sectores públicos y privados y los medios de comunicación valoraran la importancia de la erradicación del hambre y la mal nutrición.

La seguridad alimentaria es un derecho fundamental vinculado al desarrollo humano. Existe cuando todas las personas tienen en todo momento, acceso a suficientes alimentos sanos y nutritivos, que permitan satisfacer sus necesidades alimenticias y disfrutar una vida sana.

Muchos Informes emanados de organismos internacionales especializados, tales como PNUD/PMA, OMS, FAO, entre otros, demuestran que la mala nutrición es una consecuencia directa de la inseguridad alimentaria y que impacta negativamente a las economías nacionales y globales, perpetuando la pobreza y el hambre.

Hoy día, el tema de la seguridad alimentaria es punto de agenda esencial en los principales foros sobre desarrollo mundial. De hecho, “Hambre cero” es el segundo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) adoptados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el año 2015 como parte de una nueva agenda para los próximos 15 años.

Bajo la premisa de “Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible”, este ODS responde a la posición expresada por la ONU de que “Necesitamos una profunda reforma del sistema mundial de agricultura y alimentación si queremos nutrir a los 925 millones de hambrientos que existen actualmente y los dos mil millones adicionales de personas que vivirán en el año 2050”.

La seguridad alimentaria es un reto y un desafío global que genera preocupaciones a todos los gobiernos, no solamente por la escases de alimentos, sino por otros factores como la acelerada explosión demográfica, la escasez de agua, la degradación de los suelos, las consecuencias del cambio climático, la inadecuada distribución de los productos de la canasta familiar, la falta de educación en los hogares respecto a una buena y sana alimentación, entre otros.

La seguridad alimentaria es un derecho fundamental reconocido en la Constitución dominicana dentro de los derechos económicos y sociales, en su artículo 54: el Estado “promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuarios, con el propósito de incrementar la productividad y garantizar la seguridad alimentaria”.

Este derecho, forma parte de la medición del Índice de Desarrollo Humano (IDH) que realiza el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), como una medida vinculada con el bienestar material y las capacidades de consumo familiar.

En mi labor como legislador, sometí al senado de la republica el proyecto de ley que crea el “Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de la República Dominicana”, la cual fue aprobada en ambas cámaras y enviada al poder ejecutivo para su promulgación.

Con esta nueva Ley que crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de la República Dominicana, de nuestra autoría, el país da un paso adelante en la lucha contra el hambre a nivel nacional con impacto regional y mundial.

La normativa establece como órganos del Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional un Consejo Nacional; una Secretaría Técnica; una Red Nacional; y Grupos de Instituciones afines de apoyo. Estos órganos deberán orientar sus actuaciones en 10 ejes de intervención esenciales para garantizar un correcto abastecimiento de alimentos: acceso; producción y disponibilidad; abastecimiento; inocuidad y calidad; tenencia y uso eficiente de la tierra; salud y nutrición de las personas vulnerables; educación e información alimentaria y nutricional; gestión del conocimiento; formación de recursos humanos; y prevención y preparación para catástrofes y emergencias.

La ley se fundamenta en principios como la dignidad humana, la sostenibilidad económica, la participación social, la equidad y la sustentabilidad ambiental, y protege el derecho de las personas a una alimentación adecuada por medio de una asistencia alimentaria a las poblaciones especialmente vulnerables, como las mujeres embarazadas, niños y niñas menores de cinco años y personas de la tercera edad.

La Ley 1-12 que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 (END) se refiere a la seguridad alimentaria en los Segundo y Tercer ejes estratégicos, enfocándola desde el punto de vista de la salud y la alimentación básica, permanente y nutritiva.

El Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, el pasado 16 de octubre de 2015 en ocasión del Día Mundial de la Alimentación, expreso que expreso que “el hambre es mucho más que la falta de alimentos, es una terrible injusticia”.

República Dominicana ha dado el primer paso hacia el cumplimiento del objetivo de erradicación del hambre con la aprobación de esta nueva ley. Es necesario asegurar su aplicación efectiva con la disposición de los recursos humanos y económicos necesarios. Que asía sea.

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