La reciente sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) número 0011 del 2025 en el caso de la demanda en nulidad de la resolución aprobada por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), interpuesta por un miembro de la organización, representa sin duda, una de las mayores vulneraciones a los derechos internos y la autonomía de un partido político en la historia reciente del país. Lejos de ser una decisión que respeta el marco legal y constitucional, la misma se ha convertido en un acto arbitrario que pone en jaque la estructura interna y la libertad de organización para cualquier partido.
Desde sus orígenes, los partidos políticos en una democracia moderna deben gozar de plena autonomía para definir sus procesos internos, incluyendo la selección de candidaturas y mecanismos de participación de sus miembros. La resolución del TSE, en cambio, ha impuesto una interpretación restrictiva y autoritaria que limita la capacidad del partido para decidir sus propios tiempos y procedimientos. Es decir, ha intervenido en un ámbito que, por definición, es de competencia exclusiva del partido, vulnerando así su derecho a autodeterminarse.
El argumento de que la sentencia busca «garantizar la legalidad» o «asegurar la igualdad de oportunidades» para todos los aspirantes internos del PLD no se sostiene en la práctica. La realidad es que la resolución ha impedido que el partido organice libremente su proceso interno, poniendo en riesgo la legitimidad de la futura candidatura que el propio PLD pretende definir en sus propios plazos y conforme a sus estatutos. La sentencia, en su afán de imponer un calendario y un mecanismo, ha anulado decisiones internas que corresponden únicamente a la voluntad del partido, y lo ha hecho sin respetar los derechos constitucionales de sus miembros y dirigentes.
Además, la sentencia del TSE no solo vulnera la autonomía del PLD, sino que también afecta la percepción de imparcialidad y justicia del sistema electoral dominicano. La justicia debe ser una garantía de la legalidad, sí, pero también debe respetar los derechos constitucionales de los actores políticos. Intervenir de manera tan arbitraria en la organización interna de un partido es un acto que deslegitima la independencia del órgano judicial y que genera un grave precedente de posible intromisión en los asuntos internos de las organizaciones políticas.
La estrategia del PLD de planificar la selección de su candidato para principios de 2026, con la ratificación en 2027, no es un acto ilegal ni antidemocrático. Es, por el contrario, una decisión soberana basada en sus estatutos y en su calendario interno. La sentencia del TSE, al tratar de imponer un proceso externo, desconoce y vulnera esa soberanía, poniendo en riesgo la estabilidad y la legitimidad del proceso interno del partido.
La resolución adoptada por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en la que se establece un mecanismo interno para la selección de su candidato presidencial, debe ser vista como una decisión legítima, democrática y en pleno cumplimiento de la normativa legal y estatutaria del partido. Lejos de vulnerar derechos internos, esta resolución garantiza la igualdad de oportunidades para todos los miembros y reafirma la autonomía del partido en la organización de sus procesos internos.
Es importante destacar que la resolución del PLD es de aplicación exclusiva para sus miembros y órganos internos, y no vulnera ni limita de ninguna manera sus derechos a participar en los procesos internos del partido. Al contrario, la decisión del partido busca fortalecer su institucionalidad, promover la participación democrática interna y asegurar que todos sus aspirantes tengan igualdad de condiciones, conforme a los estatutos y la normativa interna que rige su funcionamiento
En conclusión, la sentencia TSE/0011/2025 vulnera totalmente los derechos internos y la autonomía del PLD. La justicia electoral debe ser garantía del Estado de Derecho, pero sin que ello implique la negación de los derechos constitucionales y la libertad de organización de los partidos políticos. La verdadera democracia se fortalece respetando la autonomía de sus actores internos, no sometiéndolos a decisiones arbitrarias que, en el fondo, buscan limitar su libertad de decisión y acción.