Los peledeístas debemos procurar el fortalecimiento de los valores democráticos, fortalecer la institucionalidad implica que se cumpla la ley y que las reglas no sean transgredidas, es una tarea obligada crear el ambiente oportuno para que florezcan esos valores que nos llevarán al sendero de la consolidación como país.
Los partidos políticos son asociaciones que comparten una visión de la sociedad, donde sus militantes tienen el poder de decisión y ese derecho está protegido en el artículo 47 de la Constitución de la República que versa sobre la libertad de asociación, por tanto, ésta es de tipo fundamental, quebrantarla sería diluir la esencia de los partidos.
Es de todos conocido, que los partidos políticos son asociaciones de ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política del Estado y de las leyes vigentes. Por tanto, son instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía y base del sistema democrático.
Don Juan, en uno de los folletos de Organización y Disciplina nos dice que “Uno termina siendo lo que hace”; si usted tiene un discurso y una conducta populista clientelista asumirá esos valores y no podrá servir a la causa de la Liberación Nacional. Busquemos el consenso si no queremos morir de éxito.
El derecho de asociación también se ve reflejado en los estatutos del partido que fueron revisados en el año 2013, en el marco de la celebración de VIII Congreso Comandante Norge Botello, en su Artículo 9, Literal A, del Título II sobre la Participación en el Partido, donde entre otras cosas nos dice: “Son derechos y deberes de los y las miembros del Partido: Elegir y ser elegidos, siempre que cumplan con los mandatos del Partido y lo dispuesto por la Constitución de la República”.
Lo mismo ocurre con lo relativo a las escogencias de nuestros candidatos y candidatas, es una atribución exclusiva de la membresía, que se expresa de manera indicativa en su Título V, Sobre la Escogencia de Candidatos y Candidatas del Partido, Artículo 43: “Los candidatos o candidatas del Partido para las elecciones nacionales, congresuales y municipales se escogerán mediante primarias internas, conforme al reglamento dictado al efecto. Las elecciones primarias serán dirigidas por una Comisión Nacional Electoral, integrada por un Coordinador o Coordinadora escogido(a) por el Comité Político de entre sus miembros, los titulares de la Secretaría de Organización y Asuntos Electorales y cuatro (4) miembros del Comité Central elegidos por este organismo”.
Estos aspectos nogales deberán ir en procura de mejorar y defender las condiciones de los grupos de interés con distintas tendencias ideológicas o políticas, para el fortalecimiento de la sociedad y las voces de la opinión pública, necesarias e indispensables en un país democrático. Debemos evitar la implementación de medidas que debiliten la institucionalidad democrática, lo racional es el consenso.