Opinión

Contraprestaciones equitativas y rectoría minera

Si la actividad minera utiliza como materia prima recursos naturales no renovables y estos son propiedad del Estado, tal y como lo establece la Constitución de la República, bien podríamos pensar que toda entidad que los explote y beneficie fungiría como asalariada del Estado, tal y como afirmaran unas cuantas empresas trogloditas del área al finalizar el año. Sin embargo, esa extraña perspectiva no parece estar dentro de los objetivos del órgano rector, el Ministerio de Energía y Minas.

Veamos sobre qué bases surgió la iniciativa del anteproyecto de Ley de la Minería Nacional.

Las reglas de juego de la minería, compendiadas en la Ley No. 246-71 y su reglamento de aplicación, no pueden ya hacer valer el interés nacional en un tema de tantas aristas y cuestionamientos sociales como lo es la minería nacional.

En primer lugar, en el momento actual, solo podemos hablar de cierto orden en el ámbito de la gran minería metálica, pero, ¿y la minería no metálica que aprovecha decenas de minerales y rocas y causa silenciosamente verdaderos estragos al medio ambiente? ¿Quién ha exigido como Dios manda durante los últimos casi cinco decenios responsabilidad ambiental y otros criterios de sostenibilidad a los actores privados? ¿Quién se ha preocupado por cambiar el viejo modelo fiscal y económico de retribución al Estado que está lejos de compensar la disminución gradual pero inevitable de una parte importante del patrimonio natural de la nación?

La búsqueda de respuestas a estas y otras interrogantes motivaron la principal iniciativa reguladora del Ministerio de Energía y Minas (MEMRD) el año pasado.

En segundo lugar, la falta de direccionamiento y orden en el ámbito minero tiene que ver mucho con la debilidad de la rectoría ministerial, encarnada formalmente durante muchos años por el Ministerio de Industria y Comercio, teniendo como su brazo operativo y dependiente a la Dirección General de Minería (DGM). Se trataba de una rectoría o de un mando central difuso, donde con frecuencia la operatividad de la Dirección de hecho se confundía con la facultad de mando y de dirección estratégica del ministerio.

Así las cosas, con todo y los méritos que puedan ser atribuidos a la DGM, todavía vigente, el rol del Estado en la minería parecía frágil, reactivo, deficiente, ineficaz, carente de estrategias y, en consecuencia, incapaz de inducir el orden sectorial y proponer las políticas públicas que comenzaban a mostrar su carácter urgente e inaplazable.

La situación comenzó a cambiar de manera positiva. Como es conocido, desde la segunda mitad del año 2013 tenemos un órgano rector en materia minera, conocido hoy por sus siglas MEMRD. Como todo órgano de gobierno del Estado, le corresponde la planificación, dirección, coordinación y ejecución de la función administrativa en sus áreas de competencia, encargándose de manera especial de la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios en materia minera y energética, y sobre las cuales ejerce su rectoría.

Es lógico que, estando ocupado el terreno energético por otras dos formidables instituciones, el MEMRD, sin dejar de atender cuestiones fundamentales relativas en su gran mayoría a la energía renovable, decidiera que el epicentro de sus políticas por el momento fuera la minería nacional.

En tercer lugar, dada esa determinación, la alta dirección comenzó a trazar las pautas e inició el trabajo de formulación de los pilares nodales de las acciones y futuras políticas públicas mineras. Deslizándose desde la Constitución y pasando por las directrices y lineamientos de política de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, esos pilares fueron los siguientes:

• Normatividad moderna, estable, coherente y abierta a la inversión en un marco de respeto al interés nacional.

• Gestión ambiental y de riesgos que asegure que los impactos se prevengan, se mitiguen y se compensen.

• Impulso de una industria minera intensiva en conocimiento y capital humano especializado.

• Apoyo a la institucionalidad y desarrollo de la pequeña y mediana minería (minería social).

• Exploración y explotación sostenibles de los recursos mineros y apoyo a la investigación e innovación.

• Gestión transparente de los beneficios y su inversión en el desarrollo económico y social de la nación, que no solo de los llamados distritos mineros.

• Inversión pública y privada en un marco de trato nacional, confianza legítima, seguridad jurídica, transparencia y rendición de cuentas.

Tomando en cuenta esas directrices ordenadoras y los objetivos de políticas subsecuentes, se decidió que la condescendencia del modelo fiscal y económico minero vigente resultaba absolutamente inaceptable. Los esfuerzos técnicos se concentraron entonces en la elaboración de un nuevo modelo que se hiciera acompañar de otras propuestas temáticas de fondo, más acoplado al interés nacional y a las nuevas condiciones de la economía.

Los objetivos que se plantearon alrededor de la normatividad en particular perseguían, entre otras metas clave, revertir la situación “de dar sin una contraprestación equitativa”, sin que ello desalentara la inversión, por lo menos de aquella que sabemos tiene como principio el cumplimiento cabal de las regulaciones y el abordaje de las cuestiones fiscales y económicas con un alto grado responsabilidad y transparencia. De hecho, es más conveniente tener como socios del Estado a quienes se inclinan por la confianza legítima, la juridicidad, transparencia y rendición de cuentas, que a las empresas sanguijuelas que solo pueden ser “competitivas” en ambientes donde imperan las debilidades institucionales y donde resulta fácil procurar o hacer permanecer durante decenios legislaciones que son como trajes hechos a la justa medida de una voracidad sin límites.

El Estado no podría convertir jamás la riqueza incrustada en el suelo y subsuelo de la nación en bienestar de la comunidad, si regala esa riqueza a los mejores postores o la negocia mal o hace excesivas concesiones apostando ingenuamente a los efectos multiplicadores de unos beneficios que regularmente terminan repatriándose a las casas matrices.

Cada vez que se extraen toneladas de sustancias minerales, el patrimonio natural de la nación disminuye y por ello el Estado tiene que ser lo suficientemente responsable ante la sociedad para asegurar contrapartidas financieras justas, equilibradas y crecientes ante coyunturas de precios favorables, siempre velando celosamente por la protección del ambiente, la conservación de la biodiversidad y los intereses de las comunidades involucradas.

También debe ser garante del destino reproductivo y del beneficio social de los ingresos mineros, tema que parece haber sido asunto relevante durante todo el proceso de elaboración del anteproyecto.

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