Opinión

Flagrante violación a la Ley sobre salarios de funcionarios

Por: Ramón Ventura Camejo | La Resolución 436-2023 del MAP, que establece que el gobierno pagará hasta 70 mil pesos al mes a funcionarios por uso de vehículos propios no sólo es una deriva al sendero recorrido desde 2013 , sino que viola lo estipulado en la Ley no 105 -13 sobre las cargas Salariales Indirectas que establece el Artículo 20.- Prestaciones sociales o indirectas .

Los cargos de alto nivel contemplados en la Ley de Función Pública, así como los titulares de los poderes del Estado, órganos y entes de origen constitucional, disfrutarán de las siguientes prestaciones o beneficios indirectos o colaterales :

1) Servicios de comunicación móvil;

2) Vehículo oficial;

3) Combustible;

4) Chofer, mientras se encuentre en el ejercicio de sus funciones;

5) Cobertura de los gastos en que incurran en caso de desplazamientos oficial, incluyendo los boletos aéreos, conforme lo establezcan de manera conjunta, el Ministro de Administración Pública y la Contraloría General de la República;

6) Seguro de Salud y Seguro de Vida;

7) Seguridad Personal;

8) Otros que establezca el presidente de la República mediante reglamento.

No se establece el pago de compensaciones por el uso de vehículos propios

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