Acogida por el Congreso Constituyente, no sin encontrarse con la resistencia de los legisladores, la imposición del Art. 210, que consagraba una dictadura política e invalidaba por completo las provisiones democráticas del texto constitucional original, Pedro Santana acepta sin vacilar el alto puesto que le ofrecen, trasladándose a San Cristóbal acompañado de algunos miembros de la Junta Central Gubernativa y escoltado por un escuadrón de caballería.